Transporte: nuevo marco para proyectos

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Todos los proyectos de infraestructura de transporte en el país, los cuales están obligados a realizar la gestión predial y los avalúos de sus terrenos, ahora cuentan con un nuevo marco jurídico.

Se trata de la Resolución 898 de 2014 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la cual fijó normas, métodos, parámetros, criterios y procedimientos para la elaboración de los avalúos comerciales, incluyendo el valor de las indemnizaciones o compensaciones desde el momento en que se realiza la oferta, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 1682 de 2013.
Antes de esta ley, solo en casos de expropiación, los propietarios podían acceder al pago de la indemnización, no existían criterios unificados, ni metodologías que reglamentaran la tasación del daño emergente y lucro cesante, se presentaban sobrecostos en la ejecución de los proyectos de infraestructura, congestión de la rama judicial-Subjetividad del avaluador: el auxiliar de la justicia determinaba qué se pagaba y qué no y la población menos favorecida no recibía un pago justo. 

La Resolución 898 aplicable a los proyectos de infraestructura de transporte en procesos de enajenación voluntaria y expropiación, judicial o administrativa, es de obligatorio y estricto cumplimiento para los avaluadores, propietarios y responsables de la gestión predial.

El  IGAC, los Catastros descentralizados y peritos inscritos en lonjas serán competentes para conocer de estos asuntos y podrán subcontratar expertos, quienes tendrán 30 días hábiles para hacerlo y será el IGAC la última instancia en materia de avalúos.

El director general del IGAC, Juan Antonio Nieto Escalante, aseguró que con esta nueva metodología se hace efectivo el principio de equidad, pues el Estado y los particulares pagarían y recibirían lo justo. No habrá ventajas ya que el Estado no se verá ante el riesgo de pagar sumas exorbitantes por cuenta de las indemnizaciones, en tanto que a los particulares se les reconocerá los costos que deben asumir, desde el momento de la oferta.

Fuente: 
El Nuevo Siglo

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031 – 2022

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