Pese a los problemas para mantener el quórum, el Gobierno logró que la plenaria del Senado aprobara en segundo debate la iniciativa. Al final se incluyó un artículo nuevo sobre enfoque diferencial.
Actualizaciones clave
- Aprobado un artículo nuevo sobre enfoque diferencial
- Reforma pensional empezaría a aplicarse en julio de 2025
- El voto para salvar el quórum
- "Necesitamos un año para adaptarnos": ministra de Trabajo
- Senado discute la fecha para implementar la reforma pensional
- ¿Quiénes estarán incluidos en la reforma pensional?
- Senado aprobó seis artículos más, algunos con cambios
- Plenaria aprobó cinco artículos más del sistema de pilares
- Senado repite la votación de los artículos 21 y 25 tras críticas
- Aprobados los artículos 21 y 25
- Aprobados cambios al pilar solidario
- El pilar solidario no incluirá a los colombianos en el exterior
- Senado aprobó cinco artículos más
- ¿Qué plantea la reforma pensional del Gobierno Petro?
La plenaria del Senado ya aprobó la reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro. El umbral de cotización en Colpensiones (que pasó de tres salarios mínimos a 2,3 salarios), la administración del fondo de ahorro (que estará en manos del Banco de la República y no de Colpensiones) y la vigencia del proyecto (que ahora será julio de 2025) fueron los puntos más álgidos de esta discusión, que estuvo marcada por los desencuentros entre el Pacto Histórico y la oposición y por las estrategias para intentar desarmar el quórum hasta último minuto.
Para que la propuesta se convierta en ley, debe pasar por los dos debates que le hacen falta en la Cámara de Representantes antes del próximo 20 de junio.
Tras la aprobación, la senadora ponente Martha Peralta Epieyú aseguró que la reforma es un logro para la población mayor que hoy no tiene protección económica. “A pesar de las diferencias, pudimos ponernos de acuerdo y avanzar en este proyecto de ley”. Por su parte, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, aseguró que con esta iniciativa tres millones de personas mayores saldrán de la pobreza.
El Gobierno proponía que el sistema empezara a regir el 1 de enero de 2025, pero después del acuerdo con las bancadas de los partidos de La U y Liberal apoya como fecha de inicio julio de 2025.
Varios congresistas, incluyendo a la senadora Angélica Lozano, del Partido Verde, argumentaron que para la implementación se necesita más tiempo. “No hay poder humano para hacer bien hecho todo el alistamiento en un año para que entre en vigencia”. La senadora proponía como fecha el 1 de enero de 2027, esta también fue la propuesta que defendieron Paloma Valencia y Norma Hurtado.
Después de que la plenaria negó los cinco artículos nuevos que no tenían aval, aprobó el artículo 76 de la iniciativa, sobre el régimen de transición que, básicamente, define a partir del número de semanas cotizadas quiénes estarán en el nuevo sistema y quiénes no.
El Senado aprobó que los hombres que tengan 900 semanas cotizadas y las mujeres que tengan 750 semanas seguirán cobijados por la Ley 100 de 1993, es decir, seguirán bajo las mismas reglas que tiene el sistema hoy en día.
El Senado negó las modificaciones propuestas por la senadora Carolina Espitia al artículo 90 y por el senador Carlos Fernando Motoa al artículo 91.
Se aprobaron los artículos 74 (consejo nacional de protección social), 86 (especial protección social para la vejez campesina) y 87 (término para adelantar acciones respecto a las pensiones reconocidas) con proposiciones avaladas y los artículos Artículo 90 (pensión anticipada por vejez por invalidez), 91 (comité de transición) y 92 (junta directiva de Colpensiones).
En el artículo 74 se propuso introducir un numeral para que haya dos representantes de las comunidades campesinas y se agregó que mínimo el 40 % de los participantes del comité deben ser mujeres.
Artículo 87 se agregó que el término para adelantar acciones administrativas y contencioso-administrativas no podrá superar los cinco años después del reconocimiento de las pensiones, excepto que se trate de fraude o de un delito, entre otras cosas.
Después de discusiones en torno a cómo se está manejando el debate, el Senado votó los artículos 30 (multiplicidad de empleadores), 34 (integración y pago de la pensión de vejez), 35 (beneficio para madres o padres con hijos en condición de discapacidad), 75 (comisión técnica de protección social integral para la vejez) y 77 (oportunidad de traslado) como vienen en la ponencia.
El Senado aprobó el artículo 21 (responsabilidad por el pago de las cotizaciones) y se agregó que las mujeres que tengan ingresos menores a un salario mínimo, que no cuenten con vinculación laboral y que estén afiliadas a salud como beneficiarias o en el régimen subsidiado podrán cotizar por un salario al pilar contributivo.
También se aprobó el artículo 25 (sobre el fondo de solidaridad pensional) con proposiciones avaladas.
También se aprobó el artículo 20 (monto de las cotizaciones) como viene en la ponencia.
La senadora ponente Martha Peralta Epieyú aseguró que la proposición no es viable porque no existe el cálculo actuarial y es difícil verificar que las personas cumplen con los requisitos.
La plenaria negó la proposición y luego aprobó el artículo 2 (ámbito de aplicación) y 10 (facultad del empleador para solicitar la pensión de vejez) como vienen en la ponencia.