Así lo afectará a usted la reforma pensional del gobierno Petro y sus cambios en el Congreso

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Todos los trabajadores tendrán que cotizar a Colpensiones, independientemente del salario que tengan.

Aunque los pronósticos no eran buenos para la reforma pensional en el Congreso, luego del hundimiento de la reforma a la salud, el Gobierno Petro logró asegurar mayorías en la Plenaria del Senado, que esta semana ha aprobado los artículos propuestos por el ejecutivo.

Hay que decir que el gobierno cedió en el umbral para el pilar contributivo, puesto que bajó de 3 salarios mínimos a 2,3 salarios las cotizaciones que todos los trabajadores colombianos deberán hacer a Colpensiones. Esto le quita presión al sistema, pues las pensiones a futuro en el régimen público no superarán los 2,4 millones de pesos (a precios de hoy, 80% de la cotización).

Con esta reforma se acaban las pensiones altas a cargo de Colpensiones y se priorizan los subsidios en los niveles de ingresos más bajos. Aunque muchos expertos aseguran que el umbral debió ser aún menor, de 1 o 1,5 salarios mínimos, para evitar entregar subsidio a personas que no lo necesitan.

Sin embargo, esta es una modificación que aún podría hacerse en la Cámara de Representantes donde todavía faltan dos debates si es que el proyecto sale totalmente de la plenaria del Senado el próximo lunes, pues falta el 40% de los artículos por discutir.

1. ¿A quiénes les aplica esta reforma pensional?

La reforma pensional incluye un régimen de transición, bajo el entendido de que las personas que se están acercando a cumplir los requisitos tienen unos derechos adquiridos y una expectativa de pensionarse bajo el esquema actual.

Así las cosas, la reforma aplicará para todos los colombianos a excepción de los hombres que ya tengan 900 semanas cotizadas, y de las mujeres con 750 semanas cotizadas. De momento, el Congreso no ha establecido la edad como otro requisito para la transición.

 

2. ¿Qué pasa si no cumple los requisitos para pensionarse?

La realidad para la mayoría de los colombianos es que no alcanzan a cumplir los requisitos para obtener la pensión, pese a cotizar algunas semanas. Es de recordar que la ley establece que para pensionarse en Colpensiones son necesarias, al menos, 1.300 semanas cotizadas, eso son 26 años de trabajo y, en promedio, se cotizan apenas 9,1 años.

Aquellas personas que estén en condiciones de pobreza extrema o vulnerabilidad y hayan llegado a los 65 años con menos de 150 semanas cotizadas podrán acceder a una renta básica, similar a la que otorga hoy Colombia Mayor, a precios de hoy serían $223.000. Este subsidio estará a cargo del Presupuesto General de la Nación y se le conocerá como pilar solidario.

Quienes hayan cotizado entre 150 y 999 semanas entrarán al pilar semicontributivo, que les garantizará una renta vitalicia que resulte de la suma de sus aportes traídos al valor presente (es decir, actualizados por la inflación). Ya no le entregarán su bono pensional, que de acuerdo con la ministra de Trabajo, Gloria Ramírez, se convierte en plata de bolsillo y no en un mecanismo de protección para la vejez.

En el mejor de los casos ese rubro sería del 80% de un salario mínimo y su pago estará a cargo de sus propios aportes y el Presupuesto General de la Nación.

 

3. ¿Cómo así que todos los trabajadores irán a Colpensiones?

El sistema pensional estará fuertemente arraigado en el régimen público, allí tendrán que cotizar todos los trabajadores, independientemente de cuánto devenguen. Esto porque, según el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, mientras el 74% de los cotizantes del sistema está en los fondos privados, el 84% de los pensionados está en Colpensiones, y es necesario nivelar ese desequilibrio.

Así que solo aquellos cuyos ingresos superen los 2,3 salarios mínimos podrán cotizar lo que supere ese monto en los fondos privados.

Supongamos que un trabajador gana $5 millones cada mes, deberá cotizar sobre $2.990.000 (que son los 2,3 salarios hoy) en Colpensiones y sobre $2.010.000 cotizaría en el fondo privado de su elección. Incluso se abrió la puerta para que esos ahorros sean administrados por aseguradoras, sociedades fiduciarias, comisionistas y cerca de 70 entidades más.

Al final de su vida laboral y una vez cumpla con los requisitos para pensionarse, recibirá dos ingresos: la pensión de Colpensiones que será pagada por el fondo común de vejez y el fondo de ahorro si hay lugar a él. Y otro ingreso por el componente complementario de ahorro individual, que será financiado con el monto individual alcanzado y sus rendimientos financieros.

 

4. ¿Qué pasa si estoy afiliado a un fondo privado de pensiones?

Cuando la reforma se vuelva ley deberá empezar a cotizar en Colpensiones sobre los 2,3 salarios mínimos, si su salario es superior puede seguir cotizando el excedente en su fondo.

El dinero que ya tiene en el fondo se mantendrá allí hasta que cumpla con los requisitos para la pensión, en ese momento la plata que está en su cuenta de ahorro individual pasará al Fondo de Ahorro que será administrado por el Banco de la República. Colpensiones respondería por su pensión, pues puede usar esos recursos para pagar su mesada.

 

5. ¿Es cierto que las mujeres necesitarán menos semanas?

Sí. La Corte Constitucional instruyó al Congreso para que, en consideración de que las mujeres se pueden jubilar antes que los hombres (ellas se pensionan a los 57 años y ellos a los 62), también tengan que cotizar menos semanas, ya que hasta el momento se veían obligadas a cotizar las mismas semanas en menos tiempo.

Así las cosas, la reforma acogió este llamado y estableció que las mujeres podrán obtener su pensión con solo 1.000 semanas.

Además, se admitió un beneficio de 50 semanas de cotización para las mujeres por cada hijo, para un máximo de 3 (o sea, 150 semanas menos), que aunque fue aceptada por los senadores no tuvo el acompañamiento del Gobierno. La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, dejó su constancia: “Entiendo la proposición para mejorar las condiciones de las mujeres, esto nos rebaja a 850 semanas, pero deja un hueco fiscal y por eso el gobierno no la acompaña”.

 

 

Fuente: 
El Colombiano

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Circular No.
031 – 2022

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